1 hijo
$221.421al mes
40% del ingreso mínimo
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Valor del Mes · valordelmes.cl/pension-alimentos/ · Impreso el . Cálculo referencial con los valores de octubre 2026; no reemplaza una liquidación oficial.
Ingresa la pensión tal como aparece en la resolución y elige el mes. Usamos la UTM de octubre 2026 ($72.151) y el ingreso mínimo vigente ($553.553).
Cálculo referencial. La liquidación oficial la hace el tribunal de familia.
La ley presume que quien paga tiene medios para cubrir al menos estos montos. El tribunal puede fijar otro según cada caso.
$221.421al mes
40% del ingreso mínimo
$332.132al mes
30% por cada hijo · $166.066 cada uno
$498.198al mes
30% por cada hijo · $166.066 cada uno
Ley 14.908, art. 3. Ingreso mínimo remuneracional de $553.553 (Ley 21.830).
Busca en la sentencia o el acta de mediación cómo quedó fijado el monto. Hay tres formas.
Cantidad de UTM × valor de la UTM del mes. Cambia todos los meses.
3 × $72.151 = $216.453
Porcentaje × ingreso mínimo vigente. Cambia cuando una ley sube el ingreso mínimo.
40% × $553.553 = $221.421
Un monto fijo. Solo cambia si la resolución dice cómo se reajusta (por ejemplo, por IPC).
$250.000 = 3,46 UTM hoy
Una pensión de 3 UTM, mes a mes. Pasa el dedo o el mouse por la línea para ver cada valor.
| Mes | UTM | 3 UTM | 40% IMM |
|---|---|---|---|
| Octubre 2026 | $72.151 | $216.453 | $221.421 |
| Septiembre 2026 | $71.721 | $215.163 | $221.421 |
| Agosto 2026 | $71.649 | $214.947 | $221.421 |
| Julio 2026 | $71.649 | $214.947 | $221.421 |
| Junio 2026 | $71.506 | $214.518 | $221.421 |
| Mayo 2026 | $70.588 | $211.764 | $221.421 |
| Abril 2026 | $69.889 | $209.667 | $215.600 |
| Marzo 2026 | $69.889 | $209.667 | $215.600 |
| Febrero 2026 | $69.611 | $208.833 | $215.600 |
| Enero 2026 | $69.751 | $209.253 | $215.600 |
Calcula mes a mes cuánto correspondía, cuánto se pagó y la diferencia acumulada, con la UTM o el ingreso mínimo de cada mes. Puedes guardarlo en PDF.
Calcular la deudaNo. Es un cálculo referencial con los valores públicos de UTM e ingreso mínimo. La liquidación oficial de una deuda la hace el tribunal de familia y se puede solicitar en línea en la Oficina Judicial Virtual del Poder Judicial.
Si la resolución fija la pensión en UTM, el monto en pesos cambia cada mes porque el SII reajusta la UTM según el IPC. Si está fijada como porcentaje del ingreso mínimo, cambia cuando una ley reajusta el ingreso mínimo.
En la sentencia, el acta de mediación o el acuerdo aprobado por el tribunal. Ahí aparece si el monto está en UTM, en porcentaje del ingreso mínimo o en pesos.
La ley presume que el alimentante tiene medios para pagar al menos el 40% del ingreso mínimo por un hijo, y el 30% por cada hijo cuando son dos o más. Con el ingreso mínimo vigente de $553.553, el 40% es $221.421. El tribunal puede fijar otro monto según el caso.
No. Para cambiar el monto, cobrar una deuda o cualquier trámite judicial, necesitas asesoría legal. Puedes acudir a la Corporación de Asistencia Judicial si no puedes pagar un abogado.
Quien recibe la pensión puede pedir al tribunal la liquidación de la deuda y medidas de cumplimiento. Las deudas pueden llevar a la inscripción en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, con restricciones para trámites como renovar el pasaporte o la licencia de conducir.
No. Un monto fijo en pesos se mantiene, salvo que la resolución indique un reajuste, por ejemplo por IPC. Si está en UTM o en porcentaje del ingreso mínimo, el reajuste es automático porque esos valores cambian.
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